Hoy en día, estudiar una oposición es de las opciones más «seguras» que existen en nuestro país si lo que queremos es tener un trabajo estable y fijo de por vida. Por esta razón, son muchos los españoles que se plantean el opositar, entre otras tantas, a Policía Local.
El primer dato que debes conocer de estas oposiciones a Policía Local, es que dependiendo de la comunidad autónoma donde residas y donde quieras presentarte habrá unos requisitos u otros. Es decir, un opositor que quiera presentarse a las oposiciones de Policía Local de Granada quizás tenga que cumplir con distintos requisitos que un opositor que quiera ejercer como policía local en Santander. Aclarado esto, veamos a continuación cuáles son los requisitos para Policía Local más generales, y así tendrás cubierto al menos estos para asegurarte de si cumples o no con ellos.
Requisitos generales
Estos son los requisitos generales que se piden en todas las oposiciones de Policía Local, independientemente de la Comunidad Autónoma donde las hagas:
- Ser mayor de edad.
- Tener la nacionalidad española.
- Una altura mínima de 1,70 cm para los hombres y 1,65 cm para las mujeres
- No tener enfermedad o defecto físico que pueda dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las actividades propias de la Policía Local.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la ley.
En la edad pueden haber variaciones en función de la Comunidad Autónoma (pero este dato está pendiente de informarse oficialmente):
- Castilla La Mancha: no superar los 32.
- Castilla y Léón y las Islas Baleares: no superar los 33.
- Cataluña: el límite máximo son 45 años, sin perjuicio de que la entidad local pueda fijar un límite inferior en el Reglamento o en la convocatoria correspondiente.
- La Rioja: no superar 31 años el día en que termine el plazo de presentación de instancias.
- Madrid: mínimo de edad 21 y máximo 30.
- Navarra: no superar los 35.
- País Vasco: no superar los 32.
- Andalucía: no superar los 35.
Otra variación se puede dar en los distintos carnets de conducir:
- Se ha de tener el permiso de conducción A, B y BTP.
- En Madrid se ha de tener el permiso de conducir A con experiencia de 2 años y B con autorización BTP. La experiencia de 2 años con el carné A podrá sustituirse por un curso teoríco- práctico que se impartirá en la escuela de policía una vez obtenida la plaza.
Otras variaciones en los estudios:
- Título de Bachillerato, FP II o equivalente para todas las Comunidades Autónomas pero a excepción de: Aragón, Cataluña, País Vasco, Madrid y Ceuta, que exigen Graduado escolar, FP I o equivalente.
Una vez ya conoces estos requisitos generales y algunos que otros específicos, deberás enterarte bien de cuáles son las demás variaciones que hay entre unas comunidades y otras.