A partir de ahora la Xunta de Galicia ha decidió extremar las medidas de seguridad que rodeen a los exámenes de las Ofertas Públicas de Empleo que convoque. Para ello, entre otras medidas, las pruebas serán impresas por la misma Xunta de Galicia. Además los únicos autorizados para la manipulación de las pruebas serán funcionarios de la Xunta, integrados en procedimientos internos muy controlados y sometidos a estrictos protocolos de confidencialidad.
Estas medidas se toman debido a los recientes escándalos que había provocado el saberse que las preguntas para alguna de las Ofertas Públicas de Empleo que había organizado la Xunta de Galicia habían sido filtradas a algunos opositores. La última filtración se produjo en la oposición para los grupos C1 y C2 de la Xunta, lo que generó una revisión profunda de todos los procesos selectivos, de la custodia de los exámenes y de la relación con los tribunales calificadores.
Refuerzo global de la seguridad jurídica en las OPE de la Xunta

La política actual de la Xunta en materia de seguridad de las OPE no se limita al control material de los exámenes. Se integra en un marco más amplio de seguridad jurídica y de reducción de la temporalidad en el empleo público, alineado con la normativa estatal sobre estabilización de plazas. Los procesos selectivos de la Administración gallega deben cumplir los principios de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia, al tiempo que se garantiza que cada convocatoria esté jurídicamente blindada frente a impugnaciones por defectos de forma o filtraciones.
Para ello, la Xunta articula sus ofertas de empleo y procesos de estabilización al amparo de la legislación básica del Estado, de la normativa autonómica de empleo público y de las leyes específicas que regulan la reducción de la temporalidad. Las OPE ordinarias y extraordinarias se conciben como instrumentos de planificación de recursos humanos, reduciendo el abuso de contratos temporales y consolidando plazas estructurales mediante sistemas de concurso-oposición o, de forma excepcional y por una sola vez, procesos de concurso de méritos.
En este contexto, la seguridad ya no se entiende solo como impedir filtraciones, sino como asegurar que cada fase del proceso —desde la determinación de plazas hasta la adjudicación de destinos— respete los principios de publicidad, transparencia, objetividad y eficiencia. Esto implica bases claras, baremos negociados con las organizaciones sindicales, una definición precisa de los méritos computables y una regulación detallada de la fase de oposición y de concurso.
Tipos de procesos: estabilización, acceso libre y promoción interna

Las medidas de seguridad en las OPE de la Xunta de Galicia se aplican a todos los tipos de procesos selectivos que convoca la Administración gallega:
- Procesos de estabilización de empleo temporal, dirigidos a plazas ocupadas durante años por personal temporal. En estos casos se usan sistemas de concurso-oposición (con exámenes) o, excepcionalmente, concursos de méritos en los que solo se valoran servicios prestados y otros méritos.
- OPE ordinarias de acceso libre, en las que puede participar cualquier persona que cumpla los requisitos de nacionalidad, edad, titulación y compatibilidad funcional, siempre que no esté inhabilitada ni separada del servicio.
- Procesos de promoción interna, tanto para personal funcionario como para personal laboral fijo que va a ser funcionarizado, con convocatorias independientes y plazas específicas, garantizando la carrera profesional dentro de la Administración.
En los procesos de estabilización, la normativa distingue entre plazas ocupadas temporalmente durante un largo periodo (susceptibles de concurso puro) y plazas ocupadas de forma temporal durante al menos tres años dentro de un marco temporal determinado (accesibles por concurso-oposición). En ambos casos se subraya la necesidad de preservar la igualdad de oportunidades entre aspirantes externos y personal temporal, evitando que la valoración de servicios prestados excluya de facto a quien no haya trabajado previamente en la Administración.
Principios de transparencia y objetividad en las convocatorias
La normativa gallega de empleo público y las leyes que desarrollan los procesos extraordinarios de estabilización fijan con detalle los principios aplicables a las OPE de la Xunta. Toda convocatoria debe respetar:
- Publicidad de las bases en el Diario Oficial de Galicia y en los portales oficiales, incluyendo temarios, sistema de selección, número de plazas y plazos de solicitud.
- Transparencia en el diseño de pruebas, publicación de plantillas de respuestas en procesos tipo test y difusión de los criterios de corrección y baremación.
- Imparcialidad y profesionalidad de los tribunales de selección, que deben ser paritarios, con independencia técnica y obligados a actuar con austeridad, objetividad y agilidad.
- Adecuación entre el contenido de las pruebas y las funciones reales de cada cuerpo, escala o categoría profesional, evitando temarios genéricos desconectados del puesto.
Para garantizar la seguridad jurídica de los procesos, las bases de las convocatorias se ajustan a bases comunes que la Xunta puede aprobar como acto administrativo general, negociado con las organizaciones sindicales. Estas bases comunes fijan criterios homogéneos sobre requisitos, valoración de méritos, funcionamiento de tribunales, sistemas de autoevaluación de méritos y posibles reducciones de plazos cuando la normativa obliga a resolver en un tiempo limitado.
Además, se regulan expresamente cuestiones sensibles como la validez de los procesos selectivos ante eventuales defectos procedimentales. Se aplica el principio de conservación de actos y la protección de la confianza legítima de los aspirantes de buena fe, evitando que incidencias puntuales obliguen a anular íntegramente procesos ya muy avanzados cuando existan situaciones jurídicas consolidadas.
Custodia física de los exámenes y prevención de filtraciones
La experiencia de filtraciones en determinadas oposiciones llevó a la Xunta a reforzar de forma muy concreta la cadena de custodia de los exámenes. Entre las medidas que se han consolidado destacan:
- Impresión interna de los cuadernillos de examen en instalaciones controladas de la propia Administración, evitando empresas externas y limitando el número de personas con acceso al material.
- Manipulación exclusiva por funcionarios habilitados, con protocolos de acceso restringido, registros de entrada y salida y obligación de confidencialidad reforzada.
- Transporte y custodia bajo control hasta las sedes de examen, siguiendo itinerarios y horarios preestablecidos, con responsabilidad clara de los órganos convocantes.
- Control de incidencias en las aulas de examen (apertura simultánea de sobres, recuento de ejemplares, actas de incidencias y protocolos para sustitución de cuadernillos si fuera necesario).
Estas medidas se combinan con la obligación legal de garantizar que los exámenes sean objetivos y homogéneos. Cuando se utilizan test, la Xunta publica las plantillas de respuestas en su página oficial de función pública, permitiendo que las personas aspirantes comprueben rápidamente posibles errores o preguntas impugnables, lo que refuerza el control social y reduce las sospechas de trato de favor.
La seguridad también se extiende a la gestión posterior de las pruebas: conservación de exámenes, custodia de actas y criterios de corrección, de manera que cualquier recurso o reclamación pueda ser resuelto con base documental sólida y trazabilidad completa de las decisiones del tribunal.
Valoración de méritos, concursos y concurso-oposición

Un elemento clave para entender las medidas de seguridad en las OPE de la Xunta es cómo se estructura la valoración de méritos. La normativa autonómica establece que:
- En los procesos por concurso-oposición, la fase de oposición debe representar una parte muy significativa de la nota total, y sus ejercicios tienen carácter eliminatorio. La fase de concurso valora principalmente los servicios prestados y otros méritos objetivos, pero sin que estos puedan monopolizar el resultado final.
- En los procesos por concurso de méritos —excepcionales y realizados por una sola vez— la experiencia previa y otros méritos profesionales tienen un peso mayoritario, pero siempre respetando los principios de mérito y capacidad. Se valora de forma preferente la prestación de servicios en el mismo cuerpo, escala o categoría, tanto en la Xunta como en otras administraciones.
Solo se computan los servicios prestados con vinculación temporal en la escala o categoría del proceso o en categorías equivalentes, determinadas expresamente en cada convocatoria. No se valoran los servicios como personal eventual y, en determinados casos, tampoco los desempeñados en categorías equivalentes cuando se trata de personal laboral fijo que ya está en proceso de funcionarización hacia una escala concreta.
Para ganar agilidad en procesos con miles de aspirantes, las bases pueden establecer un sistema de autoevaluación de méritos: las personas candidatas presentan una declaración responsable con la puntuación que consideran que les corresponde y solo se bareman en detalle aquellos expedientes que tienen posibilidades reales de obtener plaza. La Administración se reserva la posibilidad de excluir a quien falsee de forma esencial su autoevaluación, lo que actúa como medida de seguridad adicional frente a intentos de fraude en la fase de concurso.
Acceso, igualdad y reserva de plazas para personas con discapacidad

Los requisitos de participación en las OPE de la Xunta están pensados para garantizar un amplio acceso sin renunciar a la seguridad jurídica. Entre los aspectos más relevantes destacan:
- Nacionalidad: pueden presentarse personas de nacionalidad española, nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, de países con libre circulación de trabajadores y, en determinados casos, sus cónyuges y descendientes. En procesos para personal laboral, también pueden participar personas extranjeras en situación legal en España con autorización para trabajar.
- Edad: tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa ni la edad máxima específica que, en su caso, establezca la convocatoria.
- Titulación: la que exijan las bases (ESO, Bachiller, Ciclo formativo, Grado, etc.). En titulaciones extranjeras se exige la homologación o documento equivalente en plazo.
- Compatibilidad funcional: no padecer enfermedad ni limitación incompatible con las funciones del puesto, extremo que puede comprobarse a través de la vigilancia de la salud.
- Habilitación: no haber sido separado del servicio por expediente disciplinario ni estar inhabilitado para funciones públicas, y no pertenecer ya al mismo cuerpo o escala al que se opta.
La Xunta refuerza la seguridad y la igualdad con una reserva específica de plazas para personas con discapacidad, por encima del mínimo legal del 7 % de las vacantes ofertadas. Este cupo se divide en plazas para discapacidad intelectual y para otras discapacidades, pudiendo convocarse en turnos independientes o junto con el turno libre, pero respetando siempre la individualidad de cada proceso.
Las personas aspirantes con discapacidad tienen derecho a adaptaciones de tiempo y medios en todas las fases (incluidos cursos selectivos y periodos de prácticas), conforme a los criterios estatales sobre adaptación de procesos selectivos. Si algún aspirante de turno reservado supera los ejercicios sin obtener plaza en su cupo, pero tiene mayor puntuación que personas del turno general, puede integrarse en el turno libre, garantizando que el esfuerzo y la capacidad demostrados se vean reconocidos.
Promoción interna, funcionarización y estabilización interna

Otra pieza esencial de las OPE de la Xunta es la promoción interna, que permite al personal funcionario y laboral fijo progresar a cuerpos y escalas superiores. La Administración gallega reserva un número importante de plazas para estos procesos, que se realizan en convocatorias separadas respecto del acceso libre y, en muchos casos, con concurso-oposición adaptado a la experiencia previa del personal interno.
En paralelo, se despliegan procesos de funcionarización del personal laboral fijo cuyas plazas pasan a integrarse en escalas funcionariales. Estos procesos están regulados por la ley autonómica de empleo público y por decretos específicos que fijan las equivalencias entre categorías laborales y cuerpos o escalas de funcionarios. Se detallan, por ejemplo, las plazas de:
- Cuerpo superior y cuerpos de gestión de la Administración general.
- Escalas facultativas (psicología, medicina, pedagogía, enfermería, trabajo social, educación infantil, etc.).
- Escalas técnicas y auxiliares (cocina, mantenimiento, recursos naturales y forestales, conducción, clínica, cuidadores, laboratorio, archivos y bibliotecas, guardas, bomberos forestales, entre otras).
- Agrupación profesional (personal subalterno, limpieza y cocina, mantenimiento, recursos naturales).
La correcta definición de estas equivalencias es una medida de seguridad esencial, ya que condiciona qué servicios prestados pueden computarse como méritos en los procesos de estabilización y promoción. La normativa prevé que estas equivalencias puedan actualizarse mediante resolución de la Dirección General de la Función Pública, previa negociación sindical, para adaptarse a la evolución de las plantillas y de las funciones desempeñadas.
Asimismo, se introducen reglas específicas para evitar situaciones de acumulación de plazas por una misma persona en distintos procesos extraordinarios de estabilización: no se puede adquirir simultáneamente la condición de funcionario de carrera o laboral fijo en más de una escala, cuerpo o categoría, y se exige un periodo mínimo de permanencia en el puesto obtenido antes de poder solicitar determinadas excedencias.
Plan de prevención de riesgos laborales en la Xunta y seguridad en los exámenes
La seguridad en las OPE de la Xunta también se conecta con el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración general, concebido como el sistema de gestión que integra la prevención en todos los niveles jerárquicos. Este plan, desarrollado por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, se apoya en la Ley de prevención y persigue una seguridad integrada, aplicable tanto a la actividad ordinaria como a la organización de grandes procesos selectivos.
En el marco de este plan se han implantado procedimientos específicos que influyen de forma indirecta en la seguridad de las OPE:
- Vigilancia de la salud: permite comprobar la aptitud del personal que participa en la organización de los exámenes, así como garantizar condiciones seguras para los aspirantes en las sedes (temperatura, aforos, emergencias, etc.).
- Evaluación de riesgos: identifica los peligros en los centros de trabajo donde se realizan pruebas (aulas, pabellones, edificios administrativos) y planifica medidas de control.
- Gestión de emergencias: establece protocolos de evacuación, primeros auxilios y coordinación con servicios externos, fundamentales cuando se concentran cientos o miles de personas en un examen.
- Consulta y participación en prevención: a través de órganos específicos y acuerdos sobre derechos de participación, se recogen propuestas y se revisan las condiciones en las que se desarrollan los procesos selectivos.
- Coordinación de actividades empresariales: regula la relación entre la Xunta y empresas externas que puedan intervenir (limpieza, seguridad privada, mantenimiento) en los centros donde se celebran las pruebas, para evitar riesgos añadidos.
La conjunción entre seguridad de los exámenes, prevención de riesgos laborales y seguridad jurídica configura un modelo de OPE en la Xunta de Galicia cada vez más garantista para las personas aspirantes, para el personal interno y para la propia Administración, que busca procesos ágiles pero sólidos frente a recursos, reclamaciones y posibles irregularidades.
Fuente: Xornal | Imagen: David Silverline

