Es un permiso que concede la empresa a sus trabajadores para asistir a cursos oficiales durante su jornada laboral. Se trata un derecho que posee todos los trabajadores. Además, es una oportunidad para todas las empresas pues, en el contexto actual, solamente permanecen las empresas competitivas y que apuestan por el desarrollo profesional y personal de sus trabajadores.
¿Qué requisitos debe tener la formación para que un trabajador solicite un PIF? Tiene estar reconocida a través de:
-Acreditación oficial: expedida por la administración competente y publicada en el BOE.
-Titulación oficial: expedida por las administraciones educativas, con validez en toda España y publicadas en el BOE.
-Títulos de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad.
-Acreditación de competencias para el ejercicio de un oficio y una ocupación.
-Tener carácter técnico-profesional, o al menos mejorar las habilidades personales del trabajador.
– Ser en horario laboral, si bien también se permite bonificar las horas presenciales de cursos en modalidad mixta. Se tendrá justificar este dato presentando el calendario y horario lectivo del curso además el horario laboral del trabajador.
-No se pide un mínimo de horas para la solicitud del PIF, pero sí unos máximos que dependen de la plantilla media de la empresa.
Por otro lado, las ventajas del PIF son las siguientes:
- Mejora de las habilidades y cualificaciones profesionales y personales de los trabajadores.
- Estimula la motivación e incrementa la fidelidad a la empresa de los trabajadores.
- Se retiene el talento en la empresa.
- La empresa recibe de la Fundación Tripartita el importe del salario más la cuota de la Seguridad Social empresarial, por las horas de la jornada laboral que el trabajador asiste a cursos presenciales.
- No se necesita una cofinanciación o aportación privada por parte de la empresa
Más información: Youtube se une a los centros de enseñanza