El personal en la Administración Pública, en función del puesto de trabajo que ocupa, puede clasificarse en: personal funcionario, personal eventual y personal laboral.
Existe una categoría más, personal estatutario, de características especiales que tienen que ver con profesiones sanitarias y de la organización del Sistema Nacional de Salud.
Personal Funcionario
Es aquel que presta sus servicios sujeto a normas de Derecho Administrativo que delimitan sus derechos y sus obligaciones.
Puede ser:
- de carrera, que desempeña sus servicios con carácter permanente (ha obtenido plaza).
- interino, que ocupa plazas de plantilla que se encuentran vacantes.
Personal Eventual
Aquel que desempeña puestos especiales.
Personal Laboral
Es aquel que presta sus servicios sujeto a normas de Derecho laboral, vinculado con la Administración a través de un contrato de trabajo.
Puede ser:
- permanente, con contrato de trabajo de carácter indefinido.
- temporal, con contrato de trabajo de duración determinada
Personal estatutario
Presta sus servicios en los centros e instituciones sanitarias.
Puede ser:
- fijo, que desempeña sus servicios con carácter permanente (ha aprobado las oposiciones).
- temporal, nombrado por razones de necesidad, de urgencia o para el desarrollo de programas de carácter temporal, coyuntural o extraordinario.
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